La Fiscalía falló en comprobar la participación de los supuestos implicados en la muerte de un empresario de “El Cuyo” en 2021
4 de mayo de 2022, MÉRIDA, Yucatán.- Con base en que la Fiscalía General del Estado no pudo comprobar que fueron los autores del secuestro y homicidio de un empresario de “El Cuyo”, hechos ocurridos en abril de 2021, el Tribunal Primero de Juicio Oral absolvió a los cinco implicados: tres hombres y dos mujeres.
Los acusados son Gregorio Jesús M. L. (a) “Chuy”, de 20 años, Manuel Alberto P. M., de 23; Viriba Morán M. L., de 39; Marco Antonio P.B, de 18; y su hermana Diana Laura P. B., de 20; quienes ayer mismo abandonaron el Centro de Reinserción Social del Estado.
Los detenidos habrían privado de la libertad a su víctima, el empresario inmobiliario Jaime C. P., en un tramo de la carretera Tizimín-Colonia Yucatán el pasado 21 de abril de 2021, y de acuerdo con la denuncia presentada por los familiares, los sujetos se comunicaron en varias ocasiones para exigir rescate.
Dos días después, el cadáver del empresario apareció envuelto en plástico en una avenida de Cancún.
Tan pronto como se tuvo conocimiento del hecho delictivo, elementos de la Policía Estatal de Investigación (PEI) de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Unidad Especializada de Combate al Secuestro de Fiscalía General del Estado (FGE) iniciaron la investigación y asistieron a la familia de la víctima.
En este operativo se contó con la colaboración de la Policía y Fiscalía del Estado de Quintana Roo, que resultó en la aprehensión de los individuos.
Las pesquisas de la PEI de la SSP y de la FGE lograron reunir los datos de prueba que se presentaron ante el Juzgado Segundo de Control de Mérida, que emitió la orden de aprehensión por los delitos de secuestro y homicidio calificado.
Durante el juicio oral, que duró una semana, los fiscales no pudieron comprobar que los cinco implicados fueron los autores del secuestro y homicidio, de modo que el Tribunal Primero de Enjuiciamiento determinó emitir el veredicto absolutorio por insuficiencia de datos probatorios.
El fallo fue emitido de manera unánime por los integrantes del Tribunal Primero de Juicio Oral.
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